Cartel oficial para el cobro de bolsas de plástico 2019
Desde el 1º de julio de 2018, entró en vigencia el Real Decreto 293/2018.
Emitido por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, el Real Decreto establece, entre otras acciones, la obligatoriedad de publicar un cartel donde se indica el cobro de bolsas de plástico.
Además de la publicación del cartel, el Real Decreto establece diversas acciones para reducir el consumo de bolsas de plástico en España, donde se estima se consumen 97.000 toneladas de plástico por ese concepto.
Si aún no tienes publicado tu cartel, Monouso diseñó uno especial que tan solo deberás descargar, imprimir y publicar en tu establecimiento.
¿Qué encontrarás en este artículo?
Tipos de bolsas de plástico
La normativa vigente también establece las bolsas de plástico que se utilizan en los comercios.
Importante destacar: No se excluyen a las tiendas en línea.
Los cuatro tipos de bolsas de plástico son:
Bolsas de plástico ligero
También conocidas como bolsas camisetas, estás bolsas tienen un espesor inferior a las 50 micras.
De plástico muy ligero
Bolsas con espesor inferior a 15 micras. Por sus características, son bolsas de plástico que se emplean para la compra a granel.
Bolsas oxodegradables
Las bolsas de este tipo fueron fabricadas con aditivos químicos que permiten su fragmentación e integración con el medio ambiente. Son menos contaminantes que las de plástico normal.
Bolsas de plástico compostable
Para la elaboración de este tipo de bolsas de plásticos, que también se les conoce como bolsas biodegradables, se utiliza almidón de cereal.
Qué bolsas se deben cobrar
El Real Decreto 293/2018 indica cuáles son los tipos de bolsas que se tienen que cobrar en los establecimientos.
En realidad, todas las bolsas se deben cobrar. Solo existen dos excepciones:
- Bolsas con espesor inferior a 15 micras.
- Las bolsas de plástico oxodegrabable y compostable tendrán un cobro inferior a las de plástico normal.
Normativa para la fabricación de bolsas
Esta normativa tiene la intención de reducir el consumo de bolsas plásticas e incrementar el reciclado de las bolsas utilizadas.
Por ello, desde su entrada en vigencia, los fabricantes de bolsas deben marcar las bolsas con las indicaciones necesarias para su correcto reciclado.
Así mismo, está prohibida la fabricación de bolsas oxodegradables con espesor inferior a las 50 micras. Estas bolsas son las más utilizadas en España.
Preguntas frecuentes
¿Qué bolsas se deben cobrar?
Por norma general, todas. Solo encontramos dos excepciones: bolsas con espesor inferior a 15 micras y las bolsas de plástico oxodegradable y compostable, que tendrán un cobro inferior al normal.
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